En la actualidad se vive un momento de crisis en los modelos penales; en general, no se sabe qué modelo es el más adecuado porque tampoco se sabe a qué finalidad tiene que adecuarse. Entre los/as expertos/as en Derecho Penal se percibe confusión y desconcierto que, en definitiva, son la antesala de una situación en cuyo seno se está gestando un modelo distinto, aunque quizá no tan "nuevo".
LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE 2010
Carmen Martínez Perza
Abogada penalista y responsable del servicio jurídico y de mediación penal de la Federación Andaluza ENLACE
I.- INTRODUCCIÓN
En la actualidad se vive un momento de crisis en los modelos penales; en general, no se sabe qué modelo es el más adecuado porque tampoco se sabe a qué finalidad tiene que adecuarse. En la doctrina se percibe confusión y desconcierto que, en definitiva, esconden una situación en cuyo seno se está gestando un modelo distinto, aunque quizá no tan "nuevo". Muchos cuestionan el principio de intervención mínima del derecho penal, por considerarlo obsoleto o al menos insuficiente en la sociedad de riesgos en que hoy en día vivimos. Otros se atreven a formular teorías que retiran la categoría de personas a determinados individuos considerados enemigos para la sociedad. Y también, quizás ajenos a las demandas sociales, otros continúan defendiendo con ahínco los pilares básicos del Derecho Penal tradicional garantista.
En este contexto, se produce una nueva reforma del Código Penal español que afecta a más de ¼ parte del mismo, con un tinte marcadamente punitivista.
Sin embargo, con motivo de la reforma de 2010, como respecto a otras anteriores, diferentes agentes sociales, técnicos y científicos han realizado propuestas bajo el prisma del derecho penal mínimo y del principio resocializador como la base de nuestro sistema de consecuencias jurídicas. Uno de estos agentes ha sido la Federación Andaluza ENLACE, quien incansablemente viene trabajando en esta línea en relación a las diferentes iniciativas y reformas penales: Reglamento Penitenciario, Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, fallida Ley de Procedimiento ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Ley General Penitenciaria, Ley de Enjuiciamiento Criminal, las reformas sufridas por el Código Penal de 1995, sobre todo a partir de 2002 y otras normas relacionadas.
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Artículo jurídico sobre la última reforma del Código penal, desde un enfoque amplio en el que se valora la reforma en función de las anteriores que hasta ahora se han realizado, y minucioso en sus aspectos técnicos.
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