ENLACE exige que se corrija de forma inmediata la instrucción de la Junta Electoral Central por vulnerar derechos fundamentales

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En el ámbito del próximo ciclo electoral, la Junta Electoral Central ha emitido una instrucción por la que se indica a las mesas electorales que deberán identificar en las Actas de sesión, mediante la anotación del D.N.I., a aquellas personas con discapacidad que ejerzan su derecho al voto, cuando sospechen que este derecho no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria.

ENLACE, una entidad sin ánimo de lucro que une a casi 100 entidades de Andalucía que intervienen en adicciones y otras situaciones de exclusión social, y que trabaja con personas que pueden verse directamente afectadas por esta instrucción, quiere manifestar su preocupación por esta medida, que vulnera derechos fundamentales de personas con y sin discapacidad; igualmente, mostramos nuestro apoyo a las entidades que trabajan específicamente en este campo, y compartimos su preocupación y alarma.

Lo que se pretende con esta medida queda fuera de cualquier lógica, racionalidad y amparo legal, y choca frontalmente con los principios de la LOREG, así como con la obligación de nuestras instituciones de fomentar la inclusión. La instrucción permite a miembros de las mesas electorales sin ninguna cualificación profesional acreditada, que realicen un diagnóstico visual sobre la capacidad intelectual de las personas que acudan a votar; y además, les faculta para poner en tela de juicio el ejercicio del derecho al voto libre y consciente de cualquier persona de la que sospechen alguna discapacidad intelectual.

Como hemos dicho, la Instrucción permitirá señalar en las Actas de sesión, con su D.N.I., a personas que ejercen su derecho al voto, y que no tienen por qué someterse a ninguna evaluación, y mucho menos a este tipo de intromisión que, careciendo de cualquier rigor, vulnera derechos individuales y civiles, y coloca a las personas afectadas en una situación tan grave como discriminatoria.

Finalmente, debemos añadir que del contenido de la instrucción no se puede deducir si se informará a las personas afectadas de que se anotan sus datos en el Acta de sesión, qué criterios se seguirán para tomar esta decisión, qué destino se dará a estos datos, ni qué intervención futura podría afectar a esas personas, dejando, pues, en el aire cuál será el uso que se dará a estos datos tan sensibles.

Exigimos, por tanto, a la JEC que atienda a las peticiones realizadas por las entidades que trabajan y representan a estos colectivos sociales, y se las convoque a la reunión que ya han solicitado, a fin de aclarar la situación creada, corrigiendo de forma inmediata la instrucción dictada y dejando sin efecto esta medida que denunciamos.

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