En el día de ayer, el Tribunal Constitucional publicó en su página web la sentencia de la Sala Segunda, que establece que las personas absueltas por problemas de salud mental deben cumplir la medida de seguridad en un centro psiquiátrico y no en centros penitenciarios ordinarios.
Desde la Federación Andaluza Enlace queremos manifestar nuestra satisfacción por una decisión que coloca en el foco un gravísimo problema que venimos denunciando desde hace años: no es admisible desde el punto de vista médico ...
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